Qué puede hacer tu embajada/consulado por tí (y qué no) cuando hay una emergencia

Ayuda de las embajadas para viajeros

Hablaba hace unos días con un amigo y me decía que a un conocido suyo lo habían dejado tirado los de la embajada en no sé qué país durante el coronavirus. Básicamente, lo que me contaba es que los trabajadores habían cerrado la puerta y no se supo más, ni vuelos para volver a casa ni respuestas a las consultas más básicas, simplemente silencio. Es una queja que he oído frecuentemente en las últimas semanas y que me ha hecho plantearme, ¿sólo nos acordamos de Santa Bárbara cuando truena? ¿o es que estamos pidiendo peras al olmo?

Pues algo hay de ambas cosas, porque pese a que hace ya años predico sobre las bondades del Registro de Viajeros, todavía conozco a muchos que pasan de rellenarlo (las excusas son muy variadas, desde que no les quiten el paro/baja médica a que no quieren que les controle papá estado), y así el trabajo de los consulados y embajadas se complica, porque tienen que hacer el recuento de viajeros a mano cuando hay una crisis. Y dos, porque les pedimos cosas que deberían cubrir nuestros seguros de viaje (o nosotros mismos) cuando las cosas se ponen feas. Y eso sin tener en cuenta que si hay una crisis, es una crisis, una embajada no es la Tardis del doctor Who ni el teletransportador de Star Trek, y para poder hacer cosas en el país en el que está, el consulado/embajada tiene que «poder» y no siempre se puede.

Así que ¿realmente para qué te sirve una embajada o un consulado como viajero?

Empezando la casa por los cimientos, vamos a lo básico:

¿Qué es una embajada? ¿y qué es un consulado?

Pues, para ponerlo en forma resumidísima, la embajada es el representante de tu país en otro país. Es decir, que en caso de que el país X quiera hablar con el país Y, va a la embajada que tiene Y en X. Y también si X quiere pedir información, si quiere negociar algo o incluso entregar algo a Y. Vamos, que hay muchas cosas, algunas muy pintorescas que puede hacer un embajador y todo dependerá de lo que tu país quiera hacer en el país X y del peso de su colonia residente en el país. Eso, y del personal que tenga asignado.

Y, por el otro lado, dentro (físicamente o no) de las embajadas están los consulados, cuyas funciones son básicamente la atención a los ciudadanos españoles, residentes en el extranjero o viajeros, así como a los locales o a los nacionales de otros países. Es decir, que los consulados ayudan a los nacionales de su propio país a realizar ciertos trámites sin que tengan que desplazarse al país de origen (como pasaportes propios) pero también a los del país X y otros países a obtener los documentos para poder visitar o trabajar en Y. Serían como un brazo extendido de la Administración en otro país (con límites).

Y, si surge alguna situación excepcional en X, en combinación unos con otros, intentan proteger a los ciudadanos de su propio país y asistirlos en la medida de lo posible. ¿Quién lo hace? Inicialmente te va a dar igual, porque vas a tener que solicitarlo a través del teléfono de emergencia consular o contactando directamente con el consulado, después dependerá del tipo de ayuda que te tengan/puedan prestar. Te lo cuento más abajo.

Otra diferencia es que embajada sólo hay una por pais, mientras que puede haber más de un consulado por país e incluso consulados honorarios (que sirven para menos cosas pero que son el punto de contacto en aquellas zonas en las que hay una gran comunidad nacional o incluso para países en que no hay una embajada propia). E incluso embajadas que operan para grupos de países, en lugar de solo para el pais en el que están. Por ejemplo, la embajada de España en Jamaica (Kingston) tiene como consulado honorario el de Bahamas, que no tiene embajada de España como tal. Puedes ver todas las de España en la web del ministerio de Exteriores.

Y, en el caso de la Unión Europea, además, si no hay embajada de tu país en el país en el que estás, muchas cosas las puedes hacer a través de la embajada de otro país de la Unión Europea.

¿Y qué cosas puedo hacer en un Consulado?

Sí, has leído bien, porque la mayor parte de las cosas que puedes hacer como viajero las vas a hacer en el consulado. En general, son el primer contacto en caso de emergencia y porque suele haber más (en Estados Unidos, España tiene 6 consulados y una embajada), con lo que buscar el consulado es más práctico que buscar dónde está la embajada más cercana. Pero además, normalmente se encargan de:

  • Expedir pasaportes o salvoconductos por caducidad, pérdida o sustracción de la documentación personal. (Normalmente pasaportes a los residentes en el país en el que se encuentran y salvoconductos a los viajeros). Pero no DNI, permisos de conducir u otras acreditaciones (salvo en casos muy concretos para personas residentes en el país en el que se encuentran y registradas como tales).
  • Dar información sobre los servicios médicos, educativos y legales del país (esta información en muchos casos está publicada en la web de la Embajada). Pero no garantizarte que entres en el país, hacer las funciones de agencia de viajes, buscarte trabajo, servirte de intérprete o de asistente social. Ni proporcionarte acceso a servicios médicos (y tampoco buscarte mejor tratamiento médico). Aunque sí te pueden ayudar en caso de violencia doméstica.
  • Prestar asistencia si te detienen en el extranjero: En caso de detención puedes solicitar que te pongan inmediatamente en contacto con el Cónsul de España en el país (si lo hay) y además el consulado se encarga de notificar la detención a tus familiares (si quieres), visitarte periódicamente o entregar y recibir mensajes. Pero no avalarte, prestarte dinero o pagar tus multas. Ni tampoco personarse en tu nombre en un litigio ni proporcionarte dictámenes ni asesoramiento jurídico. Y mucho menos impedir que te apliquen las leyes correspondientes, que te condenen o que cumplas la pena impuesta.
  • Proporcionar información acerca de trámites y costes relacionados con el traslado de cadáveres, así como de empresas locales dedicadas a esta materia. E incluso, en situaciones excepcionales, adelantar los importes necesarios para una repatriación, que deberán reintegrarse al estado. Pero no sustituir a los familiares en los trámites relacionados con una defunción.
  • Prestarte servicios de Registro Civil (inscripción o solicitud de actas de matrimonio, nacimiento, etc.), notariales, de legalización de documentos o de remisión de comunicaciones e instancias a organismos españoles.
  • Asistirte en caso de catástrofe o emergencia.

Y, de esas cosas que no te pueden hacer en el consulado (por eso lo comentaba antes), pues hay muchas que sí te las puede hacer un (buen) seguro de viajes. Por ejemplo:

  • Un seguro sí te da acceso a servicios médicos e incluso a servicios médicos mejores que los que puede conseguir un local dentro del sistema nacional de salud local. Es más, muchos pueden cubrir parte de la estancia de familiares para acompañarte durante la hospitalización.
  • Proporcionarte servicios de intérprete en casos muy extremos o complejos (por ejemplo, una detención).
  • Prestarte dinero para abonar multas y similares, o incluso cubrir la responsabilidad civil derivada de tus actos (por ejemplo, si te chocas con un puesto de fruta y te cargas la fruta, podrían pagar la indemnización al perjudicado). O cubrir los gastos de defensa legal (en totalidad o en parte).
  • Cubrir los costes de repatriación e incluso personarse en algunos asuntos relacionados con la defunción de alguno de sus asegurados.
  • Prestarte dinero mientras no consigues otros fondos, cuando te roban la cartera. E incluso asesorarte para la obtención de documentos en caso de robo o pérdida.

Y, en caso de catástrofe o emergencia, reembolsar los costes de los billetes de viajes (cancelados o no), que es algo de lo que nunca se van a hacer cargo el consulado ni la embajada.

Que hacer en el caso de emergencia en viaje

Entonces ¿Qué tengo que hacer si tengo una emergencia en mi viaje?

Vale que el concepto de emergencia es demasiado amplio a veces, pero si estás viajando, las emergencias más comunes son:

  • ponerse enfermo o tener un accidente. Como verás arriba, el consulado aquí te va a ayudar poco salvo para darte información general o enviar mensajes a tus familiares sobre tu estado si no tienes otra forma de hacerlo, e incluso para ponerte en contacto con la aseguradora si no tienes otra forma de hacerlo.
  • perder el pasaporte (o el DNI). Para lo que sí o sí tendrás que ir al consulado a por un salvoconducto, que es un documento de viaje con validez (muy) limitada.
  • quedarte sin dinero, para lo que el consulado solo te servirá para que contactes con tus familiares (hoy en día parece que con los teléfonos móviles esto es innecesario, pero no está de más que lo tengas en cuenta)

Ah! Pero también puede pasar una catástrofe natural, atentado terrorista o crisis política. O el puñetero COVID, que nos ha trastocado los viajes a todos.

Te pase lo que te pase, lo que tienes que hacer es lo mismo:

  1. Antes de viajar, rellena el Registro de Viajeros, de esta forma ya te tienen en la base de datos en caso de una catástrofe y es el consulado/embajada/ministerio el que te contactará a tí por email o SMS según hayas seleccionado al crear tu viaje en el registro para darte las primeras pautas. Ojo, puede no funcionar bien, pero sigue los pasos a continuación para verificar que te tienen «ubicada»
  2. Valora si «tu emergencia» entra dentro de las cosas en las que te puede ayudar una embajada/consulado y si te lo van a poder hacer ya. Por ejemplo, para un salvoconducto hasta que no esté abierto el consulado en horario habitual, no te van a solucionar nada, y suele ser suficiente con que te acerques al consulado para tramitarlo. Y por otro lado, si te roban el teléfono móvil y la cartera, no te van a solucionar nada pero puede urgirte contactar con tu casa.
  3. Si es urgente y no puede esperar al horario habitual del consulado. Todas las embajadas españolas tienen un servicio de asistencia consular con un teléfono que opera 24 horas y todos los días del año. El teléfono es un número local que varía en cada embajada (es el que te llega al móvil por SMS cuando cruzas la frontera a otro país), pero también hay un teléfono general en Madrid que coordina a todas las embajadas españolas, que es el 913948900. Este teléfono es una primera mano para personas en problemas, pero en caso de catástrofe se puede saturar, ten paciencia (en la crisis del COVID había embajadas intentando gestionar a más de 2000 personas a la vez).
  4. Si no consigues contactar por teléfono, intenta contactar por Twitter primero (casi todas las embajadas tienen uno y el ministerio de exteriores también tiene) y, si la situación lo permite (y lo aconseja) intenta acercarte a la Embajada de tu país (o consulado) más cercano (preferiblemente embajada porque suele coincidir con la división de emergencia consular.)
  5. Y, cuando el consulado está abierto, vete al consulado (si la situación lo permite y lo aconseja) para realizar los trámites necesarios.
  6. Espera, las cosas de palacio van a veces muy despacio y los trámites llevan su tiempo (un salvoconducto puede tardar unas 48 horas y organizar un vuelo para 600 personas con el espacio aéreo cerrado y caos total en el país, un par de semanas)

Mientras tanto, ve contactando con tu seguro de viajes, puede que te vaya solucionando (o ayudando a solucionar) alguna que otra cosa mientras tanto. Te cuento qué seguros ya tienes contratados, aunque no lo sepas en este artículo del blog y cómo escoger un buen seguro de viajes en este otro.

¿Y si no hay embajada ni consulado en el país?

Ay, Manolete. Pues tienes dos opciones:

  1. llamar a tu país al número de emergencia consular común y,
  2. si eres ciudadano de la Unión Europea, ir a la embajada de otro país de la Unión Europea.

Ojo! que no vale ir al consulado de Francia en Mexico porque te queda más cerca que el de consulado de España en Mexico (ejemplo ficticio), si España tiene consulado y eres español, tienes que ir al tuyo.

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